Estar inactivo durante el teletrabajo puede ser una justa causa de despido laboral

Esto puede ser considerado un incumplimiento de las obligaciones legales y contractuales pactadas en el contrato del colaborador

AL DespidoTeletrabajo Pg14 15 Lunes 1080x900 b1a19Gráfico LR

Por: Diego Alejandro Ospina Henao

El despido masivo que el Banco Itaú, en Brasil, que recientemente anunció le dio la vuelta al mundo. La entidad financiera sacó a más de 1.000 empleados, luego de hacer un monitoreo al personal en modalidad de teletrabajo. En la revisión, encontraron que la mayoría de sus colaboradores solo estaban conectados 20% del tiempo, muy por debajo del promedio de la compañía, que se ubica en 75%. Todo esto ocasionó la salida de esos empleados y, en algunos casos, hasta contaban con horas extra sin haberlas realizado.

Las cifras más recientes del MinTrabajo muestran que hay más de 1,5 millones de personas en teletrabajo, por lo que es importante aclarar si este tipo de conductas pueden llevar a un despido con justa causa.

Juan Sebastián Velandia, asociado de Godoy, explicó que la figura del abandono de cargo no se encuentra regulada en el derecho laboral privado, pero, desatender las funciones para las cuales un trabajador fue contratado o ausentarse de su lugar de trabajo, independientemente de si este es su domicilio, puede representar un incumplimiento de las obligaciones legales y contractuales, lo que llevaría a investigaciones del responsable.

AL DespidoTeletrabajo Pg14 15 Lunes 42dabGráfico LR

“Efectivamente, en el caso que un teletrabajador esté inactivo en el computador durante su jornada laboral puede llegar a representar una transgresión de sus deberes y obligaciones y, por lo tanto, ser una falta que genere consecuencias disciplinarias”, enfatizó Velandia.

Las medidas que tome el empleador se pueden fundamentar en que el trabajador no está cumpliendo con la prestación personal del servicio, que es un elemento del contrato.

Sebastián Navas, abogado senior Quintero y Quintero Asesores, añadió que todo trabajador debe cumplir con su jornada laboral, con las obligaciones asignadas, como permanecer disponible y activo en los sistemas de información de la empresa, como correo, Teams, Meet, entre otros, durante el horario de trabajo. De no ser así podría ser objeto de sanciones disciplinarias o, en casos graves y reiterados, generar la terminación del contrato con justa causa.

Sin embargo, no todo periodo de inactividad puede ser considerado abandono del cargo del puesto de trabajo.

Felipe García Castrillón, socio de la práctica de derecho laboral en Galo Estudio Legal, destacó que acciones cortas como ir al baño o pausas activas son razonables dentro de este tipo de acuerdos, pero que ya cambia cuando se vuelve de forma constante y repetitiva.

En este último caso “a los teletrabajadores se les puede aplicar las mismas causales de despido con justa causa que se aplica para el trabajo presencial y que están calificadas como faltas graves en los reglamentos, políticas, contratos u otrosíes”, mencionó García.

Un acuerdo pactado

Aunque estar en periodos largos de inactividad y de forma constante puede generar investigaciones disciplinarias y hasta incluso el despido, la modalidad y las condiciones del teletrabajo se deben discutir previamente entre ambas partes.

Velandia, de Godoy, expresó que la consecuencias disciplinarias dependerán de las obligaciones definidas entre el teletrabajador y su empleador, así como de la forma en la cual se haya establecido la prestación de los servicios.

Esto, debido a que “es muy distinto el trabajador que, por ejemplo, presta servicios de soporte telefónico y/o remoto, que no puede estar inactivo debido a la naturaleza de su cargo, al empleado que, por su funciones y rol, tiene un mayor nivel de autonomía y flexibilidad”, dijo.

Agregó que, para que un empleador puede generar una investigación o despido, este debe contar con mecanismos “claros y previamente informados” para monitorear el cumplimiento de las obligaciones del teletrabajador, como software de seguimiento, reportes de actividad, cumplimiento de metas y comunicación de actividades, o las que las empresas definan.

Los expertos llegaron a la conclusión de que existen una serie de obligaciones para ambas partes en estos casos, en las que el trabajador debe cumplir con las funciones asignadas, como mantener comunicación efectiva con el empleador, cuidar los equipos, respetar las políticas de la empresa sobre seguridad de la información y los horarios pactados.

Antecedentes

Los abogados explicaron que las obligaciones del empleador en casos de teletrabajo son proveer equipos, conectividad y condiciones adecuadas; garantizar la seguridad y salud en el trabajo, incluso desde casa; respetar el derecho a la desconexión digital; incluir al empleado en el Sistema de Gestión de Seguridad, supervisar el desarrollo de las funciones sin vulnerar la privacidad e intimidad y reporte ante el Ministerio del Trabajo sobre el número de teletrabajadores.

Fuente: ASUNTOS LEGALES